Page 51 - AIDEE CAROLINA RAMOS BUSTOS
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conferencia estaba programada para los padres de familia, y no para los niños, por lo cual no


               deberían de estar ahí, y se  daría inicio cuando ellos se retiraran, se dio el aviso en le reunión y

               10 min después los alumnos se retiraron, al comenzar a brindar la información algunos padres


               tenían el micrófono prendido, por lo que no se apreciaba lo que estaba diciendo la ponente, 3

               diapositivas después se le fue el internet a la licenciada y permaneció 15 min desconectada de la

               conferencia.




                  Aproximadamente 30 papás y maestros se quedaron fuera de la conferencia, debido a que la


               plataforma elegida por PRONNIF no soportaba más de 100 personas conectadas, después de

               recuperar el internet la ponente reanudo la conferencia, sin embargo tenía problemas para


               proyectar las diapositivas y de las 15 diapositivas programadas solamente se explicaron 3, eligió

               realizar una actividad la cual consistía en poner una hoja en la cabeza y dibujar a los hijos,


               (Anexo 15) posteriormente se dictaron cinco preguntas de reflexión sobre el conocimiento de los

               derechos de los niños y que acciones pueden tomar los padres de familia para hacerlos valer,


               solamente se dio lectura a las respuestas de dos preguntas y la ponente  optó por finalizar la

               reunión.




                  Algunos maestros y padres de familia que se quedaron fuera de la reunión solicitaron el video

               o la grabación de la conferencia, así como el resto de las diapositivas que no se presentaron, sin


               embargo al momento de solicitarlas mencionaron que no había quedado la conferencia

               respaldada, y en cuanto a las diapositivas, no se dio ninguna respuesta, el proyecto estaba


               programado con la finalidad de que por parte de dicha instancia invitada a la conferencia brindara

               el sustento jurídico de la educación a distancia centrándose en el artículo 9 y 7 de la ley general de

               educación.



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