Page 16 - YESSIKA MONSERRATH MARQUEZ CABELLO
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Por otra parte, en el Artículo 62° de la LGE (2019) expone “el Estado asegurará la
educación inclusiva en todos los tipos y niveles, con el fin de favorecer el aprendizaje de
todos los estudiantes” (p.22).
Incluir no es solo tener al alumno que enfrenta Barreras para el Aprendizaje y la
Participación con o sin discapacidad dentro del aula, si no permitirle el acceso a todos los
materiales, herramientas y aprendizajes del grado al que corresponda.
La Educación Especial es una modalidad de atención en la educación básica que abarca
Inicial, Preescolar, Primaria y Secundaria, el enfoque de está, radica en conocer las
diferencias y diversidad de los alumnos y usarlas para enriquecer, enfatizando en una
educación para todos, buscando minimizar o eliminar las barreras a las cuales se enfrentan
nuestros niños, niñas y adolescentes actualmente.
Según García (2013), en México la educación especial puede definirse como una
modalidad de atención inclusiva; cuya misión es la atención educativa a todos los alumnos
que enfrentan Barreras para el Aprendizaje y la Participación (BAP) con o sin discapacidad
de acuerdo con su contexto, buscando eliminar o minimizar tales barreras.
El concepto BAP según Ainscow (2015) viene a complementar el término Necesidades
Educativas Especiales para hacer referencia a las dificultades y problemáticas a las que se
enfrenta el alumno en el contexto, así como con los sujetos inmersos en este.
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