Page 21 - SESIA SIMEI LÓPEZ RUVALCABA TESIS
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En la Declaración de los Derechos Humanos (Organización de las Naciones Unidas
[ONU], 1948, 2015) en el artículo 26, se señala que toda persona tiene derecho a la educación
elemental, la cual tiene por objetivo el desarrollo de la personalidad humana.
En este sentido, los niños, niñas y adolescentes con discapacidad intelectual tienen
derecho a recibir una educación de excelencia y al pleno desarrollo de sus capacidades, con la
finalidad de promover una mejor calidad de vida de los alumnos en condición de discapacidad,
para el logro de los indicadores de la calidad de vida, es indispensable la participación de los
padres a través de los procesos de crianza
En la Convención Internacional de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas
con Discapacidad (Organización de las Naciones Unidas [ONU], 2008), señala en el artículo 7,
que todos los niños, niñas y adolescentes deben tener los mismos derechos que todos los demás
y que opinen con libertad, como cualquier niño o niña de su misma edad. Asimismo, menciona
en el artículo 24, que las personas con discapacidad tienen derechos a poder desarrollar, su
talento, dignidad, personalidad, autoestima y sus aptitudes mentales y físicas, los cuales, a su
vez, son también indicadores de la calidad de vida.
En la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (ONU, 2008),
establece los principios rectores como, el respeto a la dignidad, la no discriminación, la
participación e inclusión plena y efectiva en la sociedad, el respeto por la diferencia y la
aceptación de las personas con discapacidad como parte de la diversidad y la condición humana,
la igualdad de oportunidades, la accesibilidad, la igualdad entre hombres y mujeres y el respeto
a la evolución de las facultades de los niños y las niñas con discapacidad y de su derecho a
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