Page 14 - FATIMA PAOLA PALACIOS LARA TESIS
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reciban sus hijos. Los padres pueden elegir un Centro de Atención Múltiple, en el cual deben de
recibir orientaciones pertinentes a la educación de su hijo/a.
En la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura
(UNESCO), en la Declaración de Salamanca Marco de Acción para las Necesidades Educativas
Especiales (1994), en el apartado de la Asociación con los Padres señala en el punto 59 que;
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La educación de los niños con necesidades educativas especiales es un trabajo de padres
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y profesionales. Una actitud positiva de los padres propicia la integración escolar y social.
Los padres de un niño con necesidades educativas especiales necesitan apoyo para poder
asumir sus responsabilidades. La función de las familias y los padres podría mejorarse
facilitando la información necesaria de forma simple y clara; responder a sus necesidades
de información y capacitación en atención de los hijos es una tarea de singular importancia
en contextos culturales con escasa tradición de escolarización (p.37).
Con base en lo anteriormente señalado, los padres de familia deben colaborar con los
profesionales de la educación para promover el desarrollo de las habilidades de la
autodeterminación de su hijo/a con discapacidad.
En el apartado 60 de esta misma declaración, se menciona que:
Los padres son los principales asociados en lo tocante a las necesidades educativas
especiales de sus hijos, y a ellos debería corresponder, en la medida de lo posible, la
elección del tipo de educación que desean que se imparta a sus hijos (p. 38).
1 La conceptualización de necesidades educativas especiales actualmente cambio ha necesidades
educativas específicas (Articulo 35 de la Ley General de Educación)
2 La integración hoy se conceptualiza como inclusión
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