Page 15 - ISABEL ALEJANDRA GARCIA SOLIS
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fortalecimiento de la democracia y respeto a los derechos humanos, desarrollo de una vida
sexual, afectiva y familiar plena, adopción de estilos de vida saludables física y mentalmente,
reconocimiento y afirmación de la igualdad de derechos, oportunidades y el respeto a la
diversidad ante las diferencias de género, étnicas
lingüísticas, respeto y cuidado del medio ambiente y respeto al patrimonio cultural propio y de
otros.
La educación hoy en nuestro país cubre los niveles inicial, básica, media superior y superior,
donde por parte de la Secretaria de Educación Pública se recibe la indicación y la formulación de
ir estructurando la formación en la educación de nuestro país.
Los Derechos Humanos de niñas, niños y adolescentes están previstos en la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los tratados internacionales y en las demás leyes
aplicables, esencialmente en la Convención sobre los Derechos del Niño y en la Ley General de
los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (niñas, 10) La cual reconoce a niñas, niños y
adolescentes como titulares de derechos y, en su artículo 13, de manera enunciativa y no
limitativa señala los siguientes:
Derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo; Derecho a la identidad;
Derecho a la igualdad sustantiva; Derecho a no ser discriminado;
Derecho a vivir en condiciones de bienestar y a un sano desarrollo integral; Derecho a la
protección de la salud y a la seguridad social;
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