Page 15 - ISABEL ALEJANDRA GARCIA SOLIS
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fortalecimiento de la democracia y respeto a los derechos humanos, desarrollo de una vida


               sexual, afectiva y familiar plena, adopción de estilos de vida saludables física y mentalmente,

               reconocimiento y afirmación de la igualdad de derechos, oportunidades y el respeto a la


               diversidad ante las diferencias de género, étnicas



                  lingüísticas, respeto y cuidado del medio ambiente y respeto al patrimonio cultural propio y de


               otros.




                  La educación hoy en nuestro país cubre los niveles inicial, básica, media superior y superior,

               donde por parte de la Secretaria de Educación Pública se recibe la indicación y la formulación de


               ir estructurando la formación en la educación de nuestro país.




                  Los Derechos Humanos de niñas, niños y adolescentes están previstos en la Constitución

               Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los tratados internacionales y en las demás leyes


               aplicables, esencialmente en la Convención sobre los Derechos del Niño y en la Ley General de

               los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (niñas, 10) La cual reconoce a niñas, niños y

               adolescentes como titulares de derechos y, en su artículo 13, de manera enunciativa y no


               limitativa señala los siguientes:

               Derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo; Derecho a la identidad;


               Derecho a la igualdad sustantiva; Derecho a no ser discriminado;

               Derecho a vivir en condiciones de bienestar y a un sano desarrollo integral; Derecho a la


               protección de la salud y a la seguridad social;








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