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acceso, permanencia y participación en los servicios educativos; que reconozca a las maestras y
los maestros como agentes fundamentales del proceso educativo y les brinde un sistema integral
de formación, capacitación y actualización; y que fortalezca a las instituciones públicas de
formación docente, especialmente a las escuelas normales (Constitución Política de México,
2021).
La educación es un medio fundamental para adquirir, transmitir y acrecentar la cultura,
así como para contribuir al desarrollo integral del individuo y a la transformación de la sociedad.
En México, el derecho a la educación está reconocido en el artículo 3 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos y en los Tratados Internacionales de los que el Estado
Mexicano es parte. Para regular este derecho, se expidió la Ley General de Educación (LGE),
que tiene como objeto establecer las normas generales que regulan el servicio público de la
educación que imparte el Estado y los particulares con autorización o con reconocimiento de
validez oficial de estudios. Esta Ley busca garantizar una educación de calidad en condiciones de
equidad para todos los sectores sociales y regiones del país.
Si bien la Ley General de Educación de México no menciona explícitamente la palabra
“expectativas”, esta si establece algunos principios y fines relacionados con el derecho a la
educación de calidad, la equidad, la participación social y el desarrollo integral de las personas.
Según el artículo 7 de la Ley General de Educación en México (2019), se mencionan los fines de
la educación (p.7), los cuales son:
- Contribuir al desarrollo integral del individuo, para que ejerza plenamente sus
capacidades humanas;
- Favorecer el desarrollo de facultades para adquirir conocimientos, así como la capacidad
de observación, análisis y reflexión críticos;
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