Page 15 - MARIAFERNANDA MARINES VALDES
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Se trata de un derecho o garantía social en virtud de que procura asegurar a cualquier persona


               por el solo hecho de pertenecer a la sociedad, recibir la educación que le permita su desarrollo

               como ser humano.




                  Adicional a este artículo se establece que “Corresponde al Estado la rectoría de la educación,


               la impartida por éste, además de obligatoria, será universal, inclusiva, pública, gratuita y laica”

               (Mexicanos, 2019)



                  Tomando de este fragmento el punto de la laicidad, esta aparece como un principio para la


               educación que se ofrece en las instituciones de gobierno, como ha venido siendo desde la

               Constitución de 1917, asimismo que la nueva reforma impone a mantener principios seculares


               como la perspectiva de derechos humanos e igualdad sustantiva. Esta última alude a que todos

               los ciudadanos puedan efectivamente acceder a esos derechos sin importar la condición del y


               características del individuo.



                   Es reconocido que México se compone de una amplia diversidad tanto en cultura, como


               tradiciones, lenguas y personas; seres humanos con características, pensamientos, ideas, formas

               de ser y de aprender diferentes, con o sin discapacidad, de raza o culturas distintas, pero con el


               mismo derecho de recibir educación.




                  Ante esta diversidad, existen una serie de barreras que impiden que todas las personas puedan

               disfrutar de su derecho a la educación, una de ellas es la discriminación, exclusión o preferencia.

               Con el fin de erradicar y dar respuesta a las barreras que las personas presentan debido a la







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