Page 15 - MARIAFERNANDA MARINES VALDES
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Se trata de un derecho o garantía social en virtud de que procura asegurar a cualquier persona
por el solo hecho de pertenecer a la sociedad, recibir la educación que le permita su desarrollo
como ser humano.
Adicional a este artículo se establece que “Corresponde al Estado la rectoría de la educación,
la impartida por éste, además de obligatoria, será universal, inclusiva, pública, gratuita y laica”
(Mexicanos, 2019)
Tomando de este fragmento el punto de la laicidad, esta aparece como un principio para la
educación que se ofrece en las instituciones de gobierno, como ha venido siendo desde la
Constitución de 1917, asimismo que la nueva reforma impone a mantener principios seculares
como la perspectiva de derechos humanos e igualdad sustantiva. Esta última alude a que todos
los ciudadanos puedan efectivamente acceder a esos derechos sin importar la condición del y
características del individuo.
Es reconocido que México se compone de una amplia diversidad tanto en cultura, como
tradiciones, lenguas y personas; seres humanos con características, pensamientos, ideas, formas
de ser y de aprender diferentes, con o sin discapacidad, de raza o culturas distintas, pero con el
mismo derecho de recibir educación.
Ante esta diversidad, existen una serie de barreras que impiden que todas las personas puedan
disfrutar de su derecho a la educación, una de ellas es la discriminación, exclusión o preferencia.
Con el fin de erradicar y dar respuesta a las barreras que las personas presentan debido a la
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