Page 24 - PAULINA MENDEZ IBARRA
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2.1.2. Concepto de ajustes razonables
Según la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad,
se consideran Ajustes Razonables a “Cualquier cambio, ajuste o modificación desde el punto
de vista técnico, económico o cultural, que se realiza en un espacio, bien, servicio, etc., para
que sea posible su utilización autónoma por cualquier persona con discapacidad. De esta forma,
las personas con discapacidad pueden participar social, laboral y culturalmente en igualdad de
oportunidades que el resto de los ciudadanos (ONU, 2006, citado en Abrajàn et al. 2019)
En el ámbito educativo, tanto en las escuelas como en las aulas es compromiso de los
docentes de llevar a cabo los ajustes razonables al igual que una obligación jurídica ya que
implica realizar modificaciones en las dimensiones prácticas, políticas y culturales como lo
marca en índice de inclusión:
El Índice de inclusión favorece el desarrollo del juego, el aprendizaje y la participación
fomentando un mejor uso de los recursos disponibles, eliminando las barreras del centro
y construyendo una cultura de colaboración. Apoya la implicación activa de los niños
en su propio juego y aprendizaje, a partir de la experiencia y el conocimiento que traen
de sus casas y puede contribuir a que las mejoras perduren desarrollando las culturas del
centro y ayudando a clarificar el propósito de las actividades Booth, et. al. (2000 p.1).
Los ajustes razonables que se proponen en este caso son de acceso a los elementos ya
que debido a las discapacidades encontradas en la secundaria y que los alumnos no tienen
problemas cognitivos solo se hacen los ajustes necesarios para presentar las actividades acordes
a las características y a la discapacidad del alumno, es una tarea complicada debido a que los
tres alumnos con discapacidad se encuentran incluidos en una sola aula por lo que implica una
tarea complicada de llevar a cabo.
Tamez et al. (2018) menciona que por ajustes razonables se entenderán:
Las modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas que no impongan una carga
desproporcionada o indebida, cuando se requieran en un caso particular, para garantizar
a las personas con discapacidad el goce o ejercicio, en igualdad de condiciones con las
demás, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales (p.34-35).
El realizar ajustes razonables en el proceso de enseñanza aprendizaje hace relación a la
identificación a tiempo de las necesidades de los alumnos, la mejora de la institución como