Page 30 - CLAUDIA VALDEZ HERNANDEZ
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persistentes que impiden el aprendizaje de las aptitudes académicas básicas de
lectura, escritura y matemáticas. El rendimiento del individuo en las habilidades
académicas afectadas está por debajo de la media de su edad o se alcanzan los niveles
aceptables de rendimiento solamente con un esfuerzo extraordinario. El trastorno
específico del aprendizaje puede afectar a individuos con una inteligencia normal y
superior y manifestarse solamente cuando las exigencias del aprendizaje ponen
barreras que no pueden superar con su inteligencia innata y sus estrategias
compensatorias (p. 32).
En el marco del planteamiento pedagógico del Modelo Educativo, (SEP, 2018) se
hace mención a los trastornos severos del aprendizaje en el documento. Estrategia de Equidad
e Inclusión en la Educación Básica: para alumnos con discapacidad, aptitudes sobresalientes
y dificultades severas de aprendizaje, conducta o comunicación, sin embargo, en este
documento se identifica como dificultades severas de aprendizaje y no como un trastorno de
acuerdo como se señala en el DSM V.
En la Ley General de Educación del 2017 en el artículo 41 (CDHC 2017 citado en
SEP, 2018) definía que “la educación especial tiene como propósito identificar, prevenir y
eliminar las barreras que limitan el aprendizaje y la participación plena y efectiva en la
sociedad de las personas con discapacidad, con dificultades severas de aprendizaje, de
conducta o de comunicación, así como de aquellas con aptitudes sobresalientes”. En este
sentido se define que:
Los alumnos con discapacidad son aquellos que, por razón congénita o adquirida,
tienen una o más deficiencias de carácter físico, mental, intelectual o sensorial, ya sea
permanente o temporal, y que al interactuar con las barreras que le impone el entorno social
pueden impedir su inclusión plena y efectiva en igualdad de condiciones con los demás.
Los alumnos con aptitudes sobresalientes son aquellos capaces de destacar
significativamente del grupo social y educativo al que pertenecen, en uno o más de los
siguientes campos del quehacer humano: científico-tecnológico, humanístico-social, artístico
o de acción motriz. Estos alumnos, por presentar necesidades educativas específicas,
requieren de un contexto facilitador que les permita desarrollar sus capacidades satisfaciendo
sus necesidades e intereses, en beneficio propio y de la sociedad. Se consideran cinco tipos
de aptitudes sobresalientes: intelectual, creativa, socioafectiva, artística y psicomotriz.