Page 13 - IVANA SOFIA FERNANDEZ ESPARZA
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                  valer tanto sus derechos como sus obligaciones, tener la libertad de tomar sus propias decisiones

                  y disfrutar de un bienestar emocional.
                         La Declaración de Incheon. Hacia una educación inclusiva y equitativa de calidad y un

                  aprendizaje a lo  largo de la vida para  todos  (Organización  de las  Naciones Unidas  para la
                  Educación, la Ciencia y la Cultura UNESCO 2015), menciona que, la inclusión y la equidad en

                  la  educación  y  a  través  de  ella  son  la  piedra  angular  de  una  agenda  de  la  educación

                  transformadora, y por consiguiente nos comprometemos a hacer frente a todas las formas de
                  exclusión y marginación, las disparidades y las desigualdades en el acceso, la participación y

                  los resultados de aprendizaje. Ninguna meta educativa debería considerarse lograda a menos
                  que se haya logrado para todos”, está relacionada con las dimensiones de la autodeterminación

                  ya que se compromete a realizar los cambios necesarios en las políticas de educación y a centrar

                  sus esfuerzos en los más desfavorecidos, especialmente aquellos con discapacidad, para velar
                  por que nadie se quede atrás.

                         En el ámbito nacional, la atención a las personas en condición de discapacidad y la
                  participación  de  los  docentes  y  familia  en  el  proceso  de  escolarización,  socialización  y

                  desarrollo  de  la  autodeterminación,  se  encuentran  fundamentadas  en  la  Ley  General  de
                  Educación  y  Ley  General  para  la  Inclusión  de  las  Personas  con  Discapacidad,  además  de

                  algunos documentos normativos de la Secretaría de Educación Pública.

                         La  Ley  General  de  Educación  (Cámara  de  Diputados  del  H.  Congreso  de  la  Unión
                  CDHCU, 2019) en el Capítulo I: De la naturaleza del Sistema Educativo Nacional, Artículo 34

                  Fracción III, se menciona que:
                         En  el  Sistema  Educativo  Nacional  participarán,  los  actores,  instituciones,  y  será

                         constituido por madres y padres de familia, permitiendo la intervención de las familias

                         en  las  actividades  de  la  institución  que  tengan  fuerte  impacto  en  los  educandos,
                         haciéndolos participes en las decisiones y de la enseñanza (p.16)

                         En este sentido, la participación de los padres de familia de personas con discapacidad,
                  se considera una acción indispensable para el éxito de la enseñanza en sus hijos, dichas acciones

                  mencionadas tienen un gran impacto en la autodeterminación de los alumnos con discapacidad

                  intelectual, ya que los padres de familia juegan un rol muy importarte en la autonomía y el
                  bienestar  emocional  de  los  educandos,  si  los  padres  de  familia  participan  como  miembros

                  activos en los procesos de enseñanza, aprendizaje el avance de los alumnos será aún mayor.
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