Page 14 - SARA ALVAREZ CORPUS
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                     La atención educativa a las personas en condición de TEA, tiene su fundamento en la Ley

                  General de la Educación en México (CDHCU, 2019), en los artículos 8, 16 y 64. El artículo
                  ocho, que el Estado está obligado a prestar servicios educativos con equidad y excelencia de

                  manera  prioritaria,  a  quienes  enfrentan  situaciones  de  vulnerabilidad  por  circunstancias
                  específicas de carácter socioeconómico, físico y mental.

                     Asimismo, en el artículo 16 en el punto VII de la misma ley, señala que será inclusiva, al

                  tomar  en  cuenta  las  diversas  capacidades,  circunstancias,  necesidades,  estilos  y  ritmos  de
                  aprendizaje de los educandos, de igual manera en el mismo artículo, el punto IX menciona que

                  será integral porque educará para la vida y estará enfocada a las capacidades y desarrollo de las
                  habilidades cognitivas, socioemocionales y físicas de las personas que les permitan alcanzar su

                  bienestar y contribuir al desarrollo social, este ámbito, la equinoterapia proporciona un trabajo

                  integral a los alumnos con autismo, mismos que están en situación de vulnerabilidad y satisface
                  todas  las  necesidades  educativas  o  cualquier  barrera  que  le  esté  impidiendo  adquirir  un

                  aprendizaje significativo.
                     Por otra parte, el artículo 64 establece que se garantizará el derecho a la educación a los

                  educandos  con  condiciones  especiales  o  que  enfrenten  barreras  para  el  aprendizaje  y  la
                  participación. Respecto a la utilización de la equinoterapia en alumnos en condición de TEA,

                  existen muchas investigaciones aplicadas en el campo de la educación y la psicología, entre

                  ellas se pueden mencionar a Delgado y Sánchez (2015), Fierro et al. (2018), Bouzo-González y
                  Pino-Juste (2015) y Vázquez (2019).

                         Respecto a la utilización de la equinoterapia en alumnos en condición de TEA, existen
                  muchas investigaciones aplicadas en el campo de la educación y la psicología, entre ellas se

                  pueden mencionar a Delgado y Sánchez (2015), Fierro et al. (2018), Bouzo y Pino (2015) y

                  Vázquez (2019).
                     En la investigación realizada por Delgado y Sánchez (2015), la cual llamaron “Influencia de

                  la equinoterapia en el tratamiento a niños autistas de 5 a 7 años”, de estudio de caso y con una
                  metodología  cuantitativa,  se  demostró  la  factibilidad  del  empleo  de  la  equinoterapia  como

                  alternativa en el tratamiento de niños autistas. Para la recolección de los datos se utilizó un Test

                  de Psicoterapia Asistida con Caballo de Aubrey H. Fine, un formulario de evaluación que midió
                  el aspecto “atención” y reuniones bimensuales con los padres de los pacientes.
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