Page 22 - VANESA GUADALUPE BELMARES FLORES
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persistentes que impiden el aprendizaje de las aptitudes académicas básicas de lectura,
escritura y matemáticas. El rendimiento del individuo en las habilidades académicas
afectadas está por debajo de la media de su edad o se alcanzan los niveles aceptables de
rendimiento solamente con un esfuerzo extraordinario. El trastorno específico del
aprendizaje puede afectar a individuos con una inteligencia normal y superior y
manifestarse solamente cuando las exigencias del aprendizaje ponen barreras que no
pueden superar con su inteligencia innata y sus estrategias compensatorias (p. 32).
En el marco del planteamiento pedagógico del Modelo Educativo, (SEP, 2018) se hace
mención a los trastornos severos del aprendizaje en el documento. Estrategia de Equidad e
Inclusión en la Educación Básica: para alumnos con discapacidad, aptitudes sobresalientes y
dificultades severas de aprendizaje, conducta o comunicación, sin embargo, en este documento
se identifica como dificultades severas de aprendizaje y no como un trastorno de acuerdo como
se señala en el DSM V.
En la Ley General de Educación del 2017 en el artículo 41 (CDHC 2017 citado en SEP,
2018) definía que “la educación especial tiene como propósito identificar, prevenir y eliminar
las barreras que limitan el aprendizaje y la participación plena y efectiva en la sociedad de las
personas con discapacidad, con dificultades severas de aprendizaje, de conducta o de
comunicación, así como de aquellas con aptitudes sobresalientes”. En este sentido se define que:
1. Los alumnos con discapacidad son aquellos que, por razón congénita o adquirida,
tienen una o más deficiencias de carácter físico, mental, intelectual o sensorial, ya sea
permanente o temporal, y que al interactuar con las barreras que le impone el entorno
social pueden impedir su inclusión plena y efectiva en igualdad de condiciones con los
demás.
2. Los alumnos con aptitudes sobresalientes son aquellos capaces de destacar
significativamente del grupo social y educativo al que pertenecen, en uno o más de los
siguientes campos del quehacer humano: científico-tecnológico, humanístico-social,
artístico o de acción motriz. Estos alumnos, por presentar necesidades educativas
específicas, requieren de un contexto facilitador que les permita desarrollar sus
capacidades satisfaciendo sus necesidades e intereses, en beneficio propio y de la
sociedad. Se consideran cinco tipos de aptitudes sobresalientes: intelectual, creativa,
socioafectiva, artística y psicomotriz.