Page 12 - ALEJANDRA ABIGAIL LONGORIA PAULI
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habilidades. En este sentido, la participación de los padres en el proceso educativo es un

                  elemento  esencial  para  garantizar  también  a  través  de  ellos,  que  a  sus  hijos/as  con
                  discapacidad se les otorgue la educación que requieren.

                         En el ámbito nacional, la atención a las personas con discapacidad y la participación
                  de los padres en la educación de estos, se encuentra fundamenta en diferentes documentos

                  legales.  En la Ley General de Educación (Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
                  CDHCU, 2019), en el Artículo 6 relativo al ejercicio del derecho a la educaciónse señala que:

                      Es obligación de las mexicanas y los mexicanos hacer que sus hijas, hijos o pupilos

                      menores de dieciocho años asistan a las escuelas, para recibir educación obligatoria, en
                      los términos que establezca la ley, así como participar en su proceso educativo, al revisar

                      su progreso y desempeño, velando siempre por su bienestar y desarrollo (p. 3)
                         Este articulo tiene relación con el tema de investigación debido a que los padres no

                  deben negar a sus hijos/as con o sin discapacidad la educación, hoy en día existen centros
                  educativos que pueden dan respuesta a las necesidades educativas de cada alumno, donde se

                  les  puede  ofrecer  una  educación  de  calidad  que  les  permita  mantener  su  permanencia  y

                  culminación de sus estudios.
                      Así mismo en la misma Ley de Educación (CDHCU, 2019) en el Artículo 16, en la

                  fracción VII señala que; la educación será inclusiva y se tomarán en cuenta las diversas

                  capacidades, circunstancias, necesidades, estilos y ritmos de aprendizaje de los educandos, y
                  así eliminar las distintas barreras al aprendizaje y a la participación, para lo cual adoptará

                  medidas en favor de la accesibilidad y los ajustes razonables (p. 9)
                      Dentro de la educación de los alumnos una barrera para el aprendizaje que es frecuente

                  encontrar son las actitudes de los padres en relación a los procesos de inclusión, puesto que
                  al tener una actitud negativa hacia la discapacidad de su hijo/a piensa que no consolidará los

                  conocimientos y no podrá desarrollar sus habilidades, les es más optar por  tomar la decisión

                  de no enviar a su hijo a la escuela en vez de buscar apoyo para su hijo/a donde se le brinde
                  una educación de acuerdo a sus necesidades educativas, ritmo, estilo de aprendizaje y se

                  realicen los ajustes razonables pertinentes.
                         En la misma LGE se establece en el Artículo 78 relativo a la participación de las

                  madres y padres de familia señala que:
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