Page 12 - ALEJANDRA ABIGAIL LONGORIA PAULI
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habilidades. En este sentido, la participación de los padres en el proceso educativo es un
elemento esencial para garantizar también a través de ellos, que a sus hijos/as con
discapacidad se les otorgue la educación que requieren.
En el ámbito nacional, la atención a las personas con discapacidad y la participación
de los padres en la educación de estos, se encuentra fundamenta en diferentes documentos
legales. En la Ley General de Educación (Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
CDHCU, 2019), en el Artículo 6 relativo al ejercicio del derecho a la educaciónse señala que:
Es obligación de las mexicanas y los mexicanos hacer que sus hijas, hijos o pupilos
menores de dieciocho años asistan a las escuelas, para recibir educación obligatoria, en
los términos que establezca la ley, así como participar en su proceso educativo, al revisar
su progreso y desempeño, velando siempre por su bienestar y desarrollo (p. 3)
Este articulo tiene relación con el tema de investigación debido a que los padres no
deben negar a sus hijos/as con o sin discapacidad la educación, hoy en día existen centros
educativos que pueden dan respuesta a las necesidades educativas de cada alumno, donde se
les puede ofrecer una educación de calidad que les permita mantener su permanencia y
culminación de sus estudios.
Así mismo en la misma Ley de Educación (CDHCU, 2019) en el Artículo 16, en la
fracción VII señala que; la educación será inclusiva y se tomarán en cuenta las diversas
capacidades, circunstancias, necesidades, estilos y ritmos de aprendizaje de los educandos, y
así eliminar las distintas barreras al aprendizaje y a la participación, para lo cual adoptará
medidas en favor de la accesibilidad y los ajustes razonables (p. 9)
Dentro de la educación de los alumnos una barrera para el aprendizaje que es frecuente
encontrar son las actitudes de los padres en relación a los procesos de inclusión, puesto que
al tener una actitud negativa hacia la discapacidad de su hijo/a piensa que no consolidará los
conocimientos y no podrá desarrollar sus habilidades, les es más optar por tomar la decisión
de no enviar a su hijo a la escuela en vez de buscar apoyo para su hijo/a donde se le brinde
una educación de acuerdo a sus necesidades educativas, ritmo, estilo de aprendizaje y se
realicen los ajustes razonables pertinentes.
En la misma LGE se establece en el Artículo 78 relativo a la participación de las
madres y padres de familia señala que: