Page 33 - ANNA CRISTINA GARCIA GOMEZ
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                  función de los criterios y normativas establecidas en cada país y que cada país y autor puede

                  utilizar el termino, en algunos se ha tomado como sinónimo de discapacidad y en otros como
                  simples problemas de aprendizaje (Booth et al. 2000 p. 8),

                         En México este cambio de perspectiva del Índice de Inclusión, represento un cambio
                  de pensamiento trascendental en el campo de la educación toda vez que se abandonó la idea

                  de  integración  y  el  concepto  de  necesidades  educativas  especiales  para  avanzar  hacia  la
                  inclusión y el concepto de sujetos que enfrentan barreras para el aprendizaje y la participación

                  (BAP).

                         Por  tal  motivo,  y  de  acuerdo  con  Sánchez  (2011)  en  México,  el  concepto  de
                  necesidades educativas especiales ya no se emplea por considerarse un enfoque con ciertas

                  limitaciones y carencias para resolver las dificultades educativas, con la posibilidad de ser
                  una barrera para el desarrollo de prácticas inclusivas en las escuelas.  Sin embargo, en la Ley

                  General de Educación en el artículo 35, al señalar que “la educación especial buscará la
                  equidad  y  la  inclusión,  la  cual  deberá  estar  disponible  para  todos  los  tipos,  niveles,

                  modalidades y opciones educativas establecidas en esta Ley” asume que esta deberá ser de

                  acuerdo  con  las  “necesidades  educativas  específicas”  (NEE)  de  la  población  y  podrá
                  impartirse educación con programas o contenidos particulares para ofrecerles una oportuna

                  atención (CDHCU 30 de septiembre 2019 p. 16)

                         El núcleo de este nuevo enfoque radica en ver la diferencia como algo legítimo e
                  intentar desarrollar sobre esa base modelos educativos capaces de responder a la diversidad.

                  Ello  implica  reconocer  las  diferentes  necesidades  de  los  educandos  y  responder  a  ellas,
                  adaptarse a los diferentes estilos y ritmos de aprendizaje de los estudiantes y garantizar una

                  enseñanza de calidad a través de un programa de estudios apropiado, una buena organización
                  escolar, una utilización adecuada de los recursos y una relación activa con sus comunidades

                  (p.18)


                  2.1.4. Concepto de Barreras para el Aprendizaje y la Participación.


                         Las diferencias en las capacidades de los alumnos no deben representar una barrera,

                  sino  una  fuente  de  aprendizaje.  En  cambio,  existen  condiciones  organizacionales,

                  normativas, administrativas, pedagógicas, físicas y actitudinales en el sistema educativo que
                  se erigen como barreras e impiden el aprendizaje y la participación de todos los alumnos. La
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