Page 24 - REGINA ELIZABETH GALVAN VILLARREAL
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El objetivo de la inclusión es brindar respuestas apropiadas al amplio espectro de
necesidades de aprendizaje tanto en entornos formales como no formales de la educación. La
educación inclusiva, más que un tema marginal que trata sobre cómo integrar a ciertos
estudiantes a la enseñanza convencional, representa una perspectiva que debe servir para
analizar cómo transformar los sistemas educativos y otros entornos de aprendizaje, con el fin
de responder a la diversidad de los estudiantes. El propósito de la educación inclusiva es
permitir que los maestros y estudiantes se sientan cómodos ante la diversidad y la perciban no
como un problema, sino como un desafío y una oportunidad para enriquecer las formas de
enseñar y aprender (Echeita & Ainscow, 2010, citado en la UNESCO, 2005).
Según Calvo (2009), la Educación Inclusiva significa eliminar, reducir todas las
barreras al aprendizaje, formando parte de un movimiento por una sociedad más justa para
todos. La sociedad es diversa; por lo tanto, la escuela de hoy también debe serlo y, por ello, es
necesario que el trabajo de padres, profesores y agentes sociales vaya en la misma línea; la sola
presencia física del alumno no significa que el centro se convierta en centro inclusivo.
En México, según la Estrategia Nacional de Inclusión Educativa (ENEI) (SEP, 2019),
la educación inclusiva se define como “el replanteamiento de la función de la escuela para dar
cabida a toda persona, con independencia de sus características o condiciones”. Esto se sustenta
en el reconocimiento de la igualdad de todas las personas, en dignidad y en derechos, el respeto
a las diferencias, la valoración de cada estudiante, el compromiso con el éxito escolar, el énfasis
en aquellos que enfrentan mayores desventajas sociales.
En este mismo contexto, según la Ley General de Educación (CDHCU,2019), en su
artículo 35, se menciona que la educación especial buscará la equidad y la inclusión, la cual
deberá estar disponible para todos los tipos, niveles, modalidades y opciones educativas
establecidas en esta Ley. De acuerdo con las necesidades educativas específicas de la población,
podrá impartirse educación con programas o contenidos particulares para ofrecerles una
oportuna atención.
2.1.3. Política, Cultura y Prácticas Inclusivas.
De acuerdo con Booth et al. (2000), la educación inclusiva se conforma por tres
dimensiones: culturas inclusivas, política inclusiva y práctica educativa
Con relación a la dimensión de culturas inclusivas, esta dimensión se relaciona con