Page 15 - LA PERCEPCIÓN DEL DOCENTE SOBRE LA ATENCIÓN DEL DESARROLLO SOCIOEMOCIONAL EN ALUMNOS CON DISCAPACIDAD.
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Las maestras y los maestros son agentes fundamentales del proceso educativo y, por
tanto, se reconoce su contribución a la trasformación social. Tendrán derecho de
acceder a un sistema integral de formación, de capacitación y de actualización
retroalimentado por evaluaciones diagnósticas, para cumplir los objetivos y
propósitos del Sistema Educativo Nacional (CDHCU, 2024, p. 5).
Por otro lado, el Artículo 11° de la Ley General de Educación (CDHCU, 24-01-
2024 p. 6) menciona que:
El Estado, a través de la nueva escuela mexicana, buscará la equidad, la excelencia
y la mejora continua en la educación, para lo cual colocará al centro de la acción
pública el máximo logro de aprendizaje de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes.
Tendrá como objetivos el desarrollo humano integral del educando, reorientar el
Sistema Educativo Nacional, incidir en la cultura educativa mediante la
corresponsabilidad e impulsar transformaciones sociales dentro de la escuela y en la
comunidad.
De acuerdo con lo anteriormente mencionado del artículo 11º, es importante
reconocer que la educación debe considerarse integral y se debe de buscar que los alumnos
se desarrollen por completo en todos los ámbitos con el objetivo de que sean participes de
la comunidad realmente capacitados y formados para hacer cambios en la sociedad. En
concordancia con lo anterior los docentes deben de brindar una orientación integral, en el
artículo 18º de la Ley General de Educación (CDHCU, 24-01- 2024) se señala que:
La orientación integral, en la formación de la mexicana y el mexicano dentro del
Sistema Educativo Nacional, considerará lo siguiente […]VI. Las habilidades
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